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Emergencia Sanitaria COVID-19. MESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA.
Citar: elDial.com - CC63E0
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Emergencia
Sanitaria COVID-19.
MESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA.
Por
medio de la
RESOL-2020-28-APN-ENRE#MDP (B.O. 6/05/2020), se dispuso la constitución
de una
Mesa de Distribución de Energía Eléctrica (en adelante MESA DE
DISTRIBUCIÓN DE
ENERGÍA) en el ámbito del ENRE, mientras dure la emergencia dispuesta
por los
DNU 260/20 y 297/20 y sus modificatorias, la que tendrá por objeto
generar un
ámbito de comunicación, coordinación y articulación de cuestiones
técnicas y
operativas que en el marco del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO y
OBLIGATORIO
(ASPO), fuera necesario abordar para garantizar la prestación del
servicio
público de distribución de energía eléctrica de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).
La
mencionada MESA DE
DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA, quedará constituida a partir de la publicación
del
presente acto, y se convocará a reuniones para el tratamiento de
cuestiones
relevantes sobre las cuales no puedan resolverse por los mecanismos de
comunicación establecidos oportunamente.
Las
reuniones se llevarán a
cabo en la sede del ENRE sita en la Avenida Eduardo Madero 1020 Piso 10
y/o
mediante teleconferencia, mientras subsista la emergencia dispuesta por
el
Decreto N° 297/2020.
Asimismo,
se estableció que en
la MESA DE DISRTRIBUCIÓN DE ENERGIA participará toda aquella persona
que el
Interventor del ENRE designe en función del tema a tratar, las
distribuidoras
EDENOR S.A. y EDESUR S.A. y otras autoridades sectoriales que de
acuerdo a la
problemática sea necesario convocar.
En
este sentido, la MESA DE
DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA tendrá como objetivos: a) Coordinar las tareas
que
resulten necesarias ante la situación de emergencia, con la finalidad
de
asegurar a los usuarios la adecuada prestación del servicio de
distribución de
energía eléctrica en estas condiciones, en el marco de las competencias
y
atribuciones de cada uno de los participantes; b) Articular las medidas
que se
dispongan durante la emergencia por los respectivos Organismos y/o
comités
interdisciplinarios que sean convocados o constituidos en el ámbito
nacional; y
c) Monitorear, en el marco de las competencias y atribuciones de cada
uno de
los participantes, el efectivo cumplimiento de las medidas que se
adopten en el
marco de la emergencia declarada.
Al
efecto, se dispuso que en
cada reunión de la MESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA que sea convocada,
se
confeccionará un acta que contendrá los temas sometidos a
consideración, las
medidas y/o decisiones aprobadas.
En
el contexto del servicio
público, se estableció que los representantes de las distribuidoras, en
el
marco de las obligaciones establecidas en sus respectivos contratos de
concesión, deberán extremar las medidas para informar, cumplir y/o
hacer
cumplir a través de sus áreas respectivas, con la información
solicitada en las
notas ENRE N° 128.829, N° 128.830 y el cumplimiento de sus respectivos
Planes
Operativos de Emergencia (POE) (Resolución ENRE N° 905/1999) así como
las
medidas y recomendaciones técnicas y comerciales que se adopten en el
ámbito de
la MESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA a tal fin.
Las
empresas distribuidoras de
energía eléctrica EDENOR S.A. y EDESUR S.A. deberán -en el plazo de
VEINTICUATRO (24) horas- notificar al ENRE los representantes que
participarán
en la MESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA, indicando los teléfonos y
correos
electrónicos para su interacción.
La
medida es de aplicación
desde el día de su publicación.
LINK: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228709/20200506
Quedo
a disposición ante
cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C.
Fonrouge,
fonrougej@jpof.com.ar
Julio
C. Fonrouge
Departamento
Derecho
Administrativo
JP
O’Farrell Abogados
Ciudad
de Buenos Aires, 7 de
mayo del 2.020.
Citar: elDial.com - CC63E0
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